Una
burla de la Justicia[1]
16 de
marzo de 1937
El
comisionado del pueblo de Justicia de Moscú
acaba de publicar el informe “textual” del juicio de los diecisiete
(Piatakov, Radek, etcétera) en idiomas extranjeros. Como todos saben, el
informe del juicio de los dieciséis (Zinoviev-Kamenev) fue un producto puramente periodístico. El diálogo era
interrumpido por frases tales como: “
... Smirnov trata de evadir el problema
llamando la atención sobre la falta de reuniones... El acusado se defendió
tozudamente, tratando de negar su papel
dirigente...”, etcétera. Todos los testimonios que van en contra de la
fraudulenta unidad son eliminados lisa y llanamente del informe, o reemplazados
por amonestaciones contra los acusados. Aparentemente, el “informe” satisfizo
solamente a dos hombres en toda la faz
de la tierra: al abogado londinense Pritt y el abogado parisino Rosenmark. No
incluimos a los dirigentes de la Comintern: éstos no necesitaron el informe
para declararse satisfechos.
El juicio
de Zinoviev-Kamenev había encontrado un eco sumamente desfavorable en la prensa
mundial. La tarea más importante del juicio de los diecisiete fue la de
rectificar la mala impresión provocada por el juicio de los dieciséis.
El informe
que acaba de aparecer no tiene 150, sino 600 páginas. El texto aparece en forma
de diálogo. El editor no se molesta en amonestar a los ejecutados. Así, vemos
que el informe “textual” revela el deseo de la GPU de respetar a la opinión
pública. Es cierto que el juicio de Piatakov-Radek mostró mayor cantidad de
lagunas, contradicciones e inexactitudes que el de Zinoviev-Kamenev. Sin
embargo, resulta difícil reprochárselo a los organizadores: ya la filosofía
antigua nos enseñó que nada puede salir de la nada. La esencia de la acusación,
carente de fundamentos reales, pertenece al reino de la alquimia jurídica.
Inevitablemente, las leyes de la materia vencerán a la fantasía especulativa.
Ya he revelado sintéticamente la incoherencia fundamental, las contradicciones
materiales parciales y los simples disparates del juicio de enero, en mis
declaraciones a la prensa y en el discurso que trasmití al mitin realizado en
el Hipódromo de Nueva York.[2] Mi último libro Los crímenes de Stalin, los analiza
detalladamente. Pero si los alquimistas de la GPU no pudieron, tampoco en esta
ocasión, alterar las leyes de la materia, al menos trataron de utilizar su
experiencia de los desastres anteriores para que el nuevo producto muestre la
mayor semejanza externa con el oro.
A juzgar
por sus dimensiones, el informe del juicio Piatakov-Radek va dirigido a los
especialistas. Ahora la GPU está tratando de organizar una “evaluación
jurídica” internacional por intermedio de sus agentes políticos y literarios de
varios países; lo que busca es que conocidos abogados certifiquen que las
víctimas de la Inquisición fueron fusiladas de acuerdo con las reglas fijadas
por los propios inquisidores.
En el
fondo, el certificado de que se han respetado formalmente las reglas externas y
los ritos de la jurisprudencia, posee un valor cercano a cero. La esencia del
problema radica en la preparación y la conducción del proceso. Pero aun si dejamos momentáneamente de lado los problemas decisivos que se
encuentran fuera de la sala del
tribunal, la única conclusión posible es que los procesos de Moscú son una
burla lisa y llana de la justicia. En el vigésimo año de la revolución, toda la
investigación se lleva a cabo en el más riguroso secreto. La vieja generación bolchevique comparece en su totalidad ante un tribunal militar
integrado por tres funcionarios
impersonales. El proceso es dirigido
por un fiscal que siempre ha sido y es un adversario político de los
acusados. Estos renuncian a la defensa, el procedimiento carece del menor
vestigio de independencia. No se presentan pruebas materiales ante la corte. No se interroga a los testigos de
cargo ni de descargo. Por razones
desconocidas, están ausentes toda una serie de acusados que formaron parte de
la indagación judicial.
Dos de los
principales acusados (¡y condenados, pero nunca procesados!) se encuentran en
el extranjero: no se les notifica del juicio. A pesar de la extrema gravedad de
los cargos, el gobierno ni siquiera intenta tramitar su extradición. Se publica
la acusación y el anuncio del proceso cuatro días antes de la apertura de las
sesiones. De esta manera, al acusado principal y a los testigos que viven fuera
de Rusia se les niega la posibilidad de presentar testimonios, preparar las
pruebas materiales y, en general, de tomar las medidas que consideren
necesarias para esclarecer la verdad.
El diálogo
judicial es un juego de preguntas y respuestas. El fiscal no formula una sola
pregunta concreta que pudiera causarle dificultades al acusado, o que sirviera
para revelar las incoherencias materiales del testimonio. El magistrado que
preside el tribunal apoya
respetuosamente el trabajo del fiscal. Es precisamente en el informe “textual”
donde se revelan los silencios malévolos del fiscal y de todo el tribunal, y su
consiguiente participación en el fraude, no sólo antes, sino también durante el
juicio, cuando el telón ya ha sido alzado. Sobra decir que el informe en sí no
inspira la menor confianza. Una evaluación honesta debería partir del examen de
la versión original. La compulsión de la versión publicada con aquélla
revelaría una multitud de omisiones y correcciones perpetradas por los
organizadores del proceso.
Sin
embargo estas consideraciones, pese a toda su importancia, poseen un carácter
secundario y terciario, ya que hacen a la forma del fraude, no a su esencia. Es
de imaginar que, en teoría, si Stalin, Vishinski y Iejov, en un periodo de
cinco o diez años, siguen teniendo la posibilidad de montar sus juicios con
impunidad, perfeccionarán su técnica al punto tal que los elementos de
jurisprudencia coincidirán entre sí y con
las leyes existentes. Pero la perfección jurídico-técnica no los
acercará a la verdad ni por un milímetro.
Lo
importante es que la evaluación “puramente jurídica” no busca establecer la
verdad; en caso contrario, habría que reconocer y decir que en un juicio político tan excepcionalmente importante, el
jurista no puede aislar las condiciones políticas que dieron origen al proceso
y bajo las cuales se realizó la indagación judicial; más concretamente, no
puede dejar de tener en cuenta la
opresión totalitaria que, en última instancia, determina la actuación de todos
los numerosísimos participantes en el juicio: acusados, testigos, jueces,
defensores y el propio fiscal.
Aquí
llegamos al quid de la cuestión. Bajo un régimen incontrolable y despótico que
concentra en sus manos todos los medios de coerción económica, política, física
y económica, un proceso judicial deja de
ser un proceso judicial. Es una farsa judicial donde los papeles están
prescritos de antemano. Los acusados aparecen en escena después de una serie de
ensayos que le aseguran a priori al director que los comediantes cumplirán
estrictamente sus papeles. En este sentido y en todos los demás, los procesos
judiciales son la cristalización del régimen político general de la URSS.
En todos
los mítines los oradores dicen exactamente lo mismo; se ponen a tono con el
orador principal, sin la menor consideración por lo que ellos mismos dijeron el
día anterior. Todos los artículos periodísticos explican la misma directiva
empleando los mismos términos. Al compás de la batuta del director, los
historiadores, los economistas, e inclusive los estadísticos, reconstruyen el
pasado y el presente con absoluto desprecio por los hechos, los documentos y
las ediciones anteriores de sus propios libros. En guarderías y escuelas los
niños exaltan a Vishinski y maldicen a los acusados, empleando todos las mismas
palabras. Nadie actúa por propia
voluntad; todos la violan.
El
carácter monolítico del proceso judicial, en el que cada acusado trata de
superar a los demás al repetir las fórmulas del fiscal, no constituye una
excepción a la regla, sino la expresión más repugnante del régimen
inquisitorial totalitario. Lo que desfila ante nuestros ojos no es un tribunal,
sino un teatro en el que los actores
realizan sus papeles bajo el cañón de una pistola. La actuación puede ser buena
o mala; pero eso tiene que ver con la
técnica de la inquisición, no con la justicia. Un billete falso puede estar tan
mal hecho que la inspección más superficial lo descubre. Los buenos falsificadores
hacen productos de buena calidad. Pero ¿de qué sirve el “experto” que se limita
a examinar la forma externa, la estampa del billete, sin tener en cuenta su
peso específico y otras propiedades? La evaluación “puramente jurídica” del
proceso de Moscú se reduce en el fondo a investigar si el fraude estuvo bien o
mal hecho. Formulada de esa manera, la cuestión ya aparece como una forma de
ayudar a los falsificadores.
Para
aclarar el problema con mayor vigor, en la medida que sea necesario aclararlo,
tomemos un ejemplo del dominio del derecho constitucional. Tras tomar el poder,
Hitler declaró, contrariamente a todas las expectativas, que no tenía la menor
intención de modificar las leyes fundamentales del estado. Evidentemente, la
mayoría de las personas ha olvidado que en Alemania sigue vigente la
constitución de Weimar: Hitler llenó ese cascarón jurídico de un contenido
totalitario. Imaginemos a un experto que se ajusta sus doctas gafas con el fin
de estudiar, sobre la base de los documentos ofíciales, la estructura del
estado alemán “desde el punto de vista puramente jurídico”. Después de algunas
horas de esfuerzo intelectual, descubrirá que la Alemania hitleriana es una
clarísima república democrática, (sufragio universal, un parlamento que le
otorga plenos poderes al Führer autoridades judiciales independientes,
etcétera, etcétera). - Sin embargo, cualquier hombre cuerdo exclamará que una
“valuación” jurídica de este tipo es, en el mejor de los casos, una
manifestación de “cretinismo jurídico”.
La democracia
se basa en la lucha irrestricta de las clases, partidos, programas e ideas. Si
se ahoga esta lucha, queda sólo un cascarón vacío, que sirve para enmascarar
una dictadura fascista. La jurisprudencia contemporánea se basa en la pugna
entre la acusación y la defensa, librada bajo ciertas formas jurídicas. Cuando
intervienen fuerzas extrajurídicas para ahogar la competencia entre las partes,
las formas jurídicas, cualesquiera sean, sirven para enmascarar a la
Inquisición. La persona que busca determinar el carácter de la justicia de
Stalin aislándola de la situación política que da origen a los procesos,
inigualados en toda la historia, actúa como abogado defensor de Vishinski. No
cabe duda de que Vishinski necesita abogados. Pero semejantes sirvientes de la
justicia “pura”' sólo pueden ocultar, nunca revelar la verdad material. Una
auténtica investigación de los procesos de Moscú no puede dejar de abarcar
todos estos aspectos. Por supuesto que utilizará los informes “textuales”. Pero
no como elemento aislado, sino como parte integrante de un grandioso drama
histórico, cuyos factores determinantes pertenecen a la trastienda del drama
judicial.
[1] Una burla de la justicia. La verdad (sobre los juicios de Moscú), abril de 1937, donde apareció bajo el título de "Una evaluación ‘puramente jurídica' de los juicios de Moscú”.
[2] El de Febrero de 1937, 6.000 personas se reunieron en Nueva York, para hacer un mitin de protesta por los juicios de Moscú y escuchar un discurso de Trotsky, que sería transmitido en vivo desde México. La transmisión no pudo realizarse por razones técnicas y se leyó una copia del texto. Se aprobó una resolución de apoyo al llamado a la formación de una comisión investigadora. El discurso fue publicado bajo el título de “¡Apuesto mi vida!” (Pioneer Publishers, 1937), y actualmente está incluido en la antología Leon Trotsky Speaks (Pathfinder Press, 1972.